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Legislación

"El comedor escolar es un servicio complementario de carácter educativo, cuya existencia y reconocimiento viene recogido en el artículo 65 de la Ley Orgánica 111990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, como un servicio que presta la Administración educativa y que contribuye a una mejora de la calidad de la enseñanza".

Los Reales Decretos 3186/1978 de 1 de diciembre y mucho más tarde el RD 140/1990 de 26 de enero vinieron a desconcentrar en las Direcciones provinciales determinadas funciones relativas a los comedores escolares, tales como la determinación de los centros en que se impartiría el servicio, la concesión de toda clase de ayudas para su funcionamiento o la celebración de contratos de asistencia de servicios complementarios a los centros docentes públicos no universitarios.

En 1992 fue el Ministerio de Educación y Ciencia quien reguló los comedores escolares mediante las órdenes del 24 de noviembre de 1992 y del 30 de septiembre de 1993. Esta última orden añade la posibilidad de crear desayunos escolares. 

Desde que las competencias educativas fueron transferidas a las Comunidades Autónomas, son éstas las que se encargan de legislar este servicio.

Legislación Andalucía:

ORDEN de 3-08-2010, por la que se regulan los servicios complementarios de la enseñanza de aula matinal, comedor escolar y actividades extraescolares en los centros docentes públicos, así como la ampliación de horario (BOJA 12-08-2010).