4. El marco jurídico de la intervención social
Antes de centrarnos en las distintas referencias normativas del cada ámbito de la Intervención Social es importante tener unas nociones básicas sobre la organización normativa de nuestro país. En España las leyes y normas legales se organizan en base al “Principio de Jerarquía Normativa”. Esto es, que no toda la norma tiene el mismo rango y unas están supeditadas a otras.
La Jerarquía normativa es la siguiente:
A continuación, se van a desarrollar todos aquellos aspectos que nuestra Constitución establece como importantes en relación con la Intervención Social.
Los valores básicos proclamados en la Constitución apuntan al compromiso con las cuestiones sociales se reflejan en:
- Artículo 1. “España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores del ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político”.
- Artículo 9.2. “Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos sean reales y efectivas, remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social”.
Además, es en el artículo 14 donde se afirma que “Los españoles son iguales ante la ley sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social”.
Estamos hablando de dos significados de la igualdad:
El artículo 14 fundamenta la intervención política y administrativa a favor de grupos en situación objetiva de desigualdad por cualquier causa.
Finalmente, el texto constitucional hace referencia a diversos grupos o sectores a los que concede relevancia específica, planteando su protección:
- Art. 25.2. Reeducación y reinserción social de presos y ex reclusos.
- Art. 27. Derecho a la educación.
- Art. 39. Protección a la infancia.
- Art. 42. Protección de los emigrantes y retornados.
- Art. 43. Salud pública a través de medidas preventivas y de prestaciones y servicios necesarios.
- Art. 48. Promoción de la participación de la juventud.
- Art. 49. Política pública con los minusválidos.
- Art. 50. Protección de la tercera edad.
Para saber más: Tipos de Leyes en España
En primer lugar, debemos de conocer como se definen las leyes.
Las leyes se definen como documentos legales jurídicos escritos que prevalecen frente a cualquier fuente normativa. La creación de toda ley es el resultado de la expresión de la voluntad popular. La aprobación y publicación de las leyes corresponde al poder legislativo. Una vez están aprobadas pasan a formar parte del ordenamiento jurídico.
Ahora vamos a ver cada nivel:
La Constitución, los tratados internacionales y toda la normativa comunitaria, se encuentran al mismo nivel en la pirámide, dependiendo de quien hable de la materia podrá decir que uno está sobre el otro.
Las leyes orgánicas, son aquellas que desarrollan los derechos fundamentales y libertades públicas, las que aprueban los estatutos de autonomía. Su aprobación, modificación o derogación se llevará a cabo por mayoría absoluta
Leyes ordinarias, se encuentran al mismo nivel que las leyes orgánicas, aunque se pueden ver por debajo en la jerarquía legislativa. Se encargan de regular materias que no estén reservadas a ley orgánica y para su aprobación se necesita mayoría simple.
El decreto legislativo, es una delegación legislativa. Es decir, el poder legislativo, previamente, ha debido delegar en el Gobierno su potestad.
El decreto ley, tiene una función muy importante. Se crea en caso de extraordinaria y urgente necesidad por el Gobierno. Estos decretos serán sometidos inmediatamente a debate y votación por parte del Congreso de Diputados, en el plazo de 30 días desde la promulgación del mismo.
¿Cuál es la diferencia entre Decreto y Real Decreto? La diferencia entre Decreto y Real decreto, es que el Real Decreto lo firma el Rey en el procedimiento de sanción de una ley.
Mientras que la ley establece lo que debe hacerse o no, el decreto indica cómo debe llevarse a cabo. El decreto pretende hacer frente a una situación urgente y establecer cómo actuar y las normas y reglas a seguir en dicha situación (se pueden considerar como un reglamento).
Una orden ministerial es una norma de rango reglamentario que emana de cualquiera de los ministros del Gobierno de España. Jerárquicamente, se sitúa por debajo del real decreto del presidente del Gobierno y del real decreto del Consejo de Ministros. No solo las dictan los ministros en los asuntos propios de su departamento, sino que también revestirán la forma de orden ministerial los acuerdos de las comisiones delegadas del Gobierno.
BOE: El Boletín Oficial del Estado (BOE) es el diario oficial nacional español dedicado a la publicación de determinadas leyes, disposiciones y actos de inserción obligatoria.
BOJA: El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) es el diario oficial de la Junta de Andalucía. Contiene, además las leyes realizadas por el Parlamento de Andalucía, las disposiciones generales del Gobierno andaluz.
Fuente recogida: https://www.gob.mx/se/acciones-y-programas/marco-juridico-y-marco-normativo
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